¿Sentencias revocatorias con sanción inmediata incluída?

¿Sentencias revocatorias con sanción inmediata incluída? Hernando Mantilla

Muchas veces vemos en nuestra IN-JUSTICIA( IN POR QUE SIEMPRE ESTÁ DE MODA ) Colombiana, situaciones que verdaderamente dan rabia y producen tristeza Jurídica, situaciones en donde los TRIBUNALES del país, casi todos, NIEGAN APELACIONES DE CUALQUIER TIPO, bien sea en Acciones de Tutela Improcedentes o Negadas, en Solicitudes de Libertad Condicional Negadas, en solicitudes de Beneficios Negados y en APELACIONES DE SENTENCIAS CONDENATORIAS, en estas últimas los Tribunales son expertos en NEGARLAS, amén de que se toman 2, 3 o más años para responder, obviamente esas respuestas después de tantos años de » estudio y revisión», van a ser negativas porque no se van a arriesgar a DEROGAR SENTENCIAS CONDENATORIAS después de tantos años, vendrían las demandas sobre porqué las personas estuvieran presas tanto tiempo, SIENDO INOCENTES.

Repito, estas decisiones de los Tribunales y también de los Jueces dan grima y muchas veces son producto de cosas non santas que se dan en nuestra IN-JUSTICIA CORRUPTAMENTE MANEJADA.

Vimos la semana anterior la situación de la Ex-Alcaldesa de Cartagena condenada a varios años de cárcel, su Apelación de Condena FUE NEGADA POR LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE CARTAGENA, PERO LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, REVOCÓ LA SENTENCIA CONDENATORIA Y ORDENÓ SU LIBERTAD INMEDIATA.

Aquí me surgen a mí varias dudas que quiero comunicarles:

QUÉ VIERON LOS MAGISTRADOS DE LA SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA QUE NO VIERON LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL?.
PORQUÉ LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL RATIFICAN UNA CONDENA QUE SEGÚN LA CORTE NO SE DEBIÓ DE DAR?.
QUÉ DECISIONES EN CONTRA DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SE DEBERÍAN TOMAR POR HABERSE RATIFICADO UNA CONDENA A TODAS LUCES ILEGAL?.

Y a este último punto le hago énfasis.

Siempre que pasa una cosa de estas, que por cierto son muy pocas veces que se dan,me refiero a las Revocatorias de Condenas, queda en el aire la sensación , la duda y el deseo Jurídico de demandar a los Jueces que Ratificaron una Condena Ilegal, pero para que eso se dé vendrán Procesos largos, costosos y a veces sin resultados positivos porque conociendo a mi gente, » ENTRE BOMBEROS NO SE PISAN LAS MANGUERAS «, muchas veces por ser Procesos tan largos y ya habiendo tenido la Libertad, se desiste de la demanda, entonces es donde sugiero y así lo están haciendo varios Penalistas connotados del país, ellos hablan de demandar a los Jueces, YO HABLO DE QUE LA SANCIÓN ECONÓMICA Y DISCIPLINARIA VAYA INCLUIDA EN FORMA INMEDIATA EN EL CUERPO DE LA SENTENCIA REVOCATORIA DE CONDENA.

Sí, así de claro, QUE LOS JUECES, TODOS, INCLUÍDO TAMBIÉN EL JUEZ DE CONOCIMIENTO QUE PROFIRIÓ LA PRIMERA CONDENA Y EL FISCAL DEL CASO, CUBRAN CON SUS PROPIOS RECURSOS PATRIMONIALES EL DAÑO TAN GRANDE QUE LE HICIERON A UNA PERSONA A QUIEN DEJARON VARIOS AÑOS EN UNA CÁRCEL SIENDO INOCENTE, AMÉN DE QUE LES COBREN TAMBIÉN EN FORMA DISCIPLINARIA SU ERROR JURÍDICO O SU ACTO CORRUPTO.

Y eso que esta dama fue señalada de un delito que a la larga » es manejable socialmente «, que me dicen cuando el delito es de aquellos que en Colombia es considerado aberrante, me refiero a DELITOS SEXUALES CONTRA NIÑ@S, ahí la cosa es peor, porque el daño es para toda la vida, esa persona, así salga libre con REVOCATORIA DE SENTENCIA, TODA LA VIDA CARGARÁ EL INRI DE VIOLADOR, O DE VIOLO COMO SE LES DICE EN LAS CÁRCELES.

Conocí un caso muy cercano del que hice parte y al que GRACIAS A DIOS LOGRÉ SU LIBERTAD TOTAL TAMBIÉN CON SENTENCIA DE REVOCATORIA DE CONDENA.

Un señor de una cárcel de Santander condenado a 23 años por haber » violado a su propia hija menor de edad «, ya llevaba 6 años preso, en su momento APELÓ LA CONDENA PERO PARA VARIAR EL TRIBUNAL DE ESA CIUDAD SE LA NEGÓ Y RATIFICÓ LA CONDENA, en ese tiempo, hace más de dos años estaba de moda LA DOBLE CONFORMIDAD, EL RECURSO DE LEY QUE SE DIÓ CON EL TEMA DEL EX-MINISTRO ANDRÉS FELIPE ARIAS, pues bien el señor me llamó, le hice el documento de DOBLE CONFORMIDAD amparado en la Ley y buscando se le pudiera reconocer el hecho de que en Primera Instancia el Juez de Conocimiento lo había EXONERADO DE TODA RESPONSABILIDAD PENAL, pero el Tribunal movido por la Apelación que hizo la Fiscalía LO CONDENÓ A 23 AÑITOS DE CÁRCEL, en Colombia las cifras de cárcel las dan como poniéndole precio a las cosas, con todo respeto lo digo.

Mi documento lo envié directamente a la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA amparado en el hecho de que en la Pandemia se empezó a aceptar el envío de Correos Electrónicos Externos , cosa que aún permanece GRACIAS A DIOS, porque nos liberamos de las firmas, de las Autenticaciones y de los Pases Jurídicos.

Dos meses después LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACEPTÓ EL DOCUMENTO DE DOBLE CONFORMIDAD Y DEVOLVIÓ TODO EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE LA CIUDAD, ALLÁ HICERON LA RESPECTIVA SUSTENTACIÓN con un Abogado que yo mismo solicité a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, para darle mayor sustento y hacer que el Proceso fuera más Legal, además fue una exigencia de la Corte.

Este Proceso se inició en Febrero de 2021, el 30 de Septiembre de 2021, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REVOCÓ LA SENTENCIA CONDENATORIA Y LE CONCEDIÓ LA LIBERTAD INMEDIATA A ESTE SEÑOR, DEFINITIVAMENTE FUE UN GRAN TRIUNFO JURÍDICO DEL QUE TENGO QUE HABLR POR TODA MI VIDA, GRACIAS A DIOS.

Pero como les digo, además del letrero que el señor lleva todavía en su frente por haber sido condenado por violador de su propia hija, se inició un Proceso de REPARACIÓN E INDEMNIZACIÓN POR LOS DAÑOS MORALES Y ECONÓMICOS en contra de la Fiscalía que Apeló y del Tribunal que condenó, ese Proceso se inició casi que inmediatamente, casi dos años después ese Proceso NO AVANZA, es por eso que considero que se debería dar que en las SENTENCIAS DE REVOCATORIA DE CONDENAS SE INCLUYA EL PAGO DE UNA SANCIÓN ECONÓMICA Y UNA SANCIÓN DISCIPLINARIA INMEDIATA, cuando digo DISCIPLINARIA DEBERÍA HABLARSE DE DESTITUCIÓN DEL CARGO E INHABILIDAD DE POR VIDA EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES COMO JUEZ DE LA REPÚBLICA, EL DAÑO QUE HACEN ES MUY GRANDE CON SUS DECISIONES EQUIVOCADAS, AMAÑADAS O CORRUPTAS.

Esa es la situación que pocas veces se da en Colombia porque aquí los Jueces se protegen entre ellos y el Superior casi nunca niega lo que dice el que condenó, pero sucede y sucede porque afortunadamente todavía hay Jueces que verdaderamente estudian la realidad Jurídica de los Procesos, sopesan las situaciones y seguramente no tienen “ NINGÚN NEXO CON SITUACIONES AJENAS A LA JUSTICIA, COMO LA POLÍTICA que mucho daño le hace a nuestra Justica, ES CLARO QUE EN COLOMBIA LA INDEPENDENCIA DE PODERES NO EXISTE, si existiera, el Fiscal, el Procurador, el Contralor y los mismos Magistrados de las Altas Cortes no serían designados por el Congreso por ternas en donde también participa el Poder Ejecutivo, QUÉ INDEPENDENCIA MENTAL Y JURÍDICA PUEDE HABER AHÍ CUANDO EL PUESTO SE LO DAN ENTRE VARIOS PODERES?.

Les dejo mis Opiniones, espero sus comentarios.

Hernando Mantilla Portada
Hernando Mantilla / Periodista / Veedor Derechos Carcelarios

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