¿Qué es la jornada ordinaria de trabajo en Colombia y cuál es su duración legal?
En Colombia, la jornada ordinaria de trabajo es aquella que se acuerda entre empleador y trabajador al momento de firmar el contrato laboral, siempre respetando los límites legales establecidos por el Código Sustantivo del Trabajo. Jornada de trabajo y duración legal en Colombia 2025
¿Dónde está definida la jornada laboral ordinaria?
El artículo 158 del Código Sustantivo del Trabajo señala que la jornada ordinaria es la pactada en el contrato laboral. No obstante, esta no puede exceder los límites máximos establecidos en el artículo 161 del mismo código, el cual ha sido recientemente modificado por la Ley 2466 de 2025.
¿Cuál es la jornada ordinaria máxima?
Según el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo:
“La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día […] y una jornada máxima de cuarenta y dos (42) horas a la semana.”
Esta jornada semanal puede distribuirse, de común acuerdo, en cinco o seis días laborales, siempre garantizando al menos un día de descanso obligatorio. La jornada diaria puede ser variable, especialmente cuando se acuerdan jornadas flexibles.
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¿Qué pasa si se pacta una jornada semanal de 42 horas en 5 días?
Distribuir 42 horas en 5 días implica jornadas de 8.4 horas diarias, lo cual superaría el límite de 8 horas establecido como máximo diario. Sin embargo, el literal a) del artículo 161 permite jornadas diarias de hasta 9 horas sin recargo, siempre que el promedio semanal no supere las 42 horas:
“El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable […] teniendo como mínimo cuatro (4) horas continuas y máximo hasta nueve (9) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario.”
Calendario de reducción de la jornada laboral en Colombia
Con la implementación de la Ley 2101 de 2021, Colombia estableció un calendario progresivo para reducir la jornada laboral semanal. La meta es llegar a 42 horas semanales en 2026:
Fecha | Horas semanales |
---|---|
Del 16 de julio de 2023 al 15 de julio de 2024 | 47 |
Del 16 de julio de 2024 al 15 de julio de 2025 | 46 |
Del 16 de julio de 2025 al 15 de julio de 2026 | 44 |
Del 16 de julio de 2026 en adelante | 42 |
Es importante que empleadores y trabajadores tengan en cuenta estas fechas para ajustar sus contratos y evitar sanciones por jornadas laborales fuera del marco legal.
Excepciones a la jornada ordinaria
Existen casos especiales donde la jornada máxima se reduce aún más, por razones de edad o tipo de trabajo:
- Trabajadores entre 15 y 17 años: máximo 6 horas diarias y 30 semanales, hasta las 6 p. m.
- Trabajadores entre 17 y 18 años: 8 horas diarias, pero hasta un máximo de 40 horas semanales.
- Turnos sucesivos: cuando la empresa opera 24/7 con rotaciones, la jornada ordinaria no puede exceder 6 horas diarias ni 36 semanales.
¿Qué ocurre si se excede la jornada ordinaria?
Todo tiempo laborado que exceda la jornada ordinaria establecida en el contrato —y dentro de los límites legales— se considera hora extra o trabajo suplementario, conforme al artículo 159 del Código Sustantivo del Trabajo:
“Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal.”
Por ejemplo, si en un contrato se pactan 8 horas diarias como jornada ordinaria y el trabajador labora 9 horas, esa hora adicional debe pagarse como extra, con el respectivo recargo.
El Extracto LitiApp
La jornada ordinaria de trabajo en Colombia está regulada por normas claras que protegen tanto a empleadores como a trabajadores. Con los recientes cambios legislativos, es crucial que las empresas actualicen sus contratos y respeten el calendario de reducción de horas. Además, pactar jornadas flexibles puede ser una opción útil siempre que se mantenga el promedio legal de horas semanales.