¿Es válido un contrato verbal en Colombia? Todo lo que debes saber

En Colombia, los contratos verbales son perfectamente válidos, siempre que cumplan con los requisitos esenciales de todo contrato: consentimiento, objeto y causa lícitos, y capacidad legal de las partes. Aunque muchos piensen que “lo que no está escrito no existe”, en el ámbito jurídico esta afirmación no siempre es cierta. ¿Es válido un contrato verbal en Colombia?

En este artículo te explicamos qué es un contrato verbal, cuándo es válido, en qué situaciones se utiliza, cómo se puede probar y qué precauciones deberías tomar si vas a celebrar uno.


¿Qué es un contrato verbal?

Un contrato verbal es un acuerdo entre dos o más personas que se celebra sin necesidad de que quede por escrito. Se perfecciona con el simple consentimiento de las partes y produce obligaciones que deben ser cumplidas, al igual que un contrato firmado. ¿Es válido un contrato verbal en Colombia?

En otras palabras, si dos personas acuerdan una relación contractual y cumplen con los elementos legales mínimos, dicho contrato es válido y puede generar derechos y deberes, aunque no haya un documento formal.

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Requisitos para que un contrato verbal sea válido en Colombia

Para que un contrato verbal tenga validez legal, debe cumplir los mismos requisitos que cualquier contrato escrito, establecidos en el Código Civil colombiano:

  1. Capacidad legal de las partes: Las personas deben ser mayores de edad y no estar legalmente inhabilitadas para contratar.
  2. Consentimiento: Ambas partes deben manifestar su acuerdo con los términos del contrato de manera libre y voluntaria.
  3. Objeto lícito: El contrato debe versar sobre algo permitido por la ley, es decir, no puede tratarse de actividades ilegales.
  4. Causa lícita: El motivo del contrato debe ser legal y válido.

¿Qué dice la ley sobre los contratos verbales?

En Colombia, el contrato verbal no está prohibido, salvo cuando la ley exija que el contrato sea escrito para su validez. Por ejemplo, el Código Sustantivo del Trabajo reconoce expresamente el contrato de trabajo verbal en su artículo 38. Este artículo establece que, aunque no haya documento escrito, las partes deben ponerse de acuerdo sobre aspectos fundamentales como:

  • La naturaleza del trabajo y el lugar de ejecución.
  • La forma de pago y el monto de la remuneración.
  • La duración del contrato.

Asimismo, el Código Civil permite acuerdos verbales siempre que no contravengan normas que exijan la escritura como formalidad.


Casos comunes donde se usan contratos verbales

En la práctica, los contratos verbales se presentan con frecuencia en acuerdos cotidianos, especialmente en el ámbito civil y laboral. Algunos ejemplos incluyen:

  • Contratos laborales informales: Muy comunes en trabajos domésticos, agricultura o comercio informal.
  • Prestación de servicios: Como cuando se contrata un plomero o un electricista.
  • Compraventa de bienes de bajo valor: Por ejemplo, al comprar productos en una tienda o en una venta entre vecinos.
  • Arrendamientos verbales: Aunque no se recomienda, algunos arriendos se pactan sin documento firmado.

¿Cómo se prueba un contrato verbal?

Una de las principales dificultades de los contratos verbales es probar su existencia y condiciones en caso de conflicto entre las partes. No tener un documento firmado puede ser un problema si una de las partes niega lo acordado.

Sin embargo, la ley colombiana sí permite probar un contrato verbal mediante distintos medios de prueba:

1. Testigos

Las personas que estuvieron presentes durante el acuerdo pueden declarar en un proceso judicial. Su testimonio puede ser una prueba válida si es coherente y creíble.

2. Pruebas documentales indirectas

Aunque no exista un contrato firmado, correos electrónicos, chats, mensajes de texto, notas de voz o cualquier otro tipo de comunicación pueden servir como prueba.

3. Hechos y conductas

El comportamiento de las partes puede evidenciar la existencia del contrato. Por ejemplo, si una persona trabajó durante meses para otra y recibió pagos regulares, ese comportamiento puede probar una relación contractual.

4. Documentos accesorios

Facturas, recibos de pago, notas de entrega, reportes de actividades o registros de pagos también pueden ser considerados evidencia válida.


Limitaciones y riesgos de los contratos verbales

Aunque los contratos verbales son válidos, tienen importantes limitaciones:

  • Dificultad para probar términos: En caso de conflicto, puede ser difícil demostrar qué fue lo que se acordó exactamente.
  • Mayor exposición a incumplimientos: La falta de un documento firmado puede facilitar que una de las partes incumpla sin consecuencias inmediatas.
  • Confusión sobre derechos y obligaciones: La informalidad puede generar ambigüedades o malentendidos que deriven en problemas legales.

Casos en los que la ley exige contrato escrito

Hay situaciones en las que la ley colombiana exige que el contrato esté por escrito, de lo contrario será inválido. Algunos ejemplos son:

  • Compraventa de bienes inmuebles.
  • Constitución de garantías reales o personales (hipotecas, prendas, fianzas).
  • Contratos de duración superior a dos años.
  • Cesiones de derechos hereditarios o patrimoniales.

En estos casos, no basta con el acuerdo verbal. Si no hay documento escrito, el contrato será nulo y no producirá efectos jurídicos.


Contrato de trabajo verbal: ¿qué derechos tiene el trabajador?

En Colombia, un contrato de trabajo puede celebrarse verbalmente. El trabajador que presta sus servicios y recibe una remuneración periódica tiene derecho a las mismas garantías que un trabajador con contrato escrito.

Esto incluye:

  • Pago de prestaciones sociales (cesantías, intereses, prima, vacaciones).
  • Afiliación a seguridad social.
  • Derecho a liquidación al finalizar la relación laboral.
  • Indemnización por despido injustificado, si aplica.

En otras palabras, el hecho de que el contrato sea verbal no elimina los derechos del trabajador. Si puede demostrar que trabajó bajo subordinación, con un horario y bajo órdenes del empleador, podrá reclamar sus derechos.


Recomendaciones para quienes celebren contratos verbales

Aunque son legales, es recomendable que todos los contratos se documenten por escrito, especialmente si involucran montos altos, plazos largos o condiciones complejas.

Si, por alguna razón, se decide celebrar un contrato verbal, ten en cuenta estas recomendaciones:

  • Asegúrate de que haya testigos presenciales.
  • Guarda cualquier tipo de comunicación o evidencia que pueda demostrar lo acordado.
  • Evita confiar completamente en la buena fe: los conflictos pueden surgir.
  • En el caso de relaciones laborales, exige el cumplimiento de todas las obligaciones legales.

El Extracto LitiApp

El contrato verbal en Colombia sí es legal y válido, siempre que cumpla con los requisitos generales del contrato. No obstante, la falta de formalización escrita puede dificultar la prueba de su existencia y los términos acordados, lo cual representa un riesgo para las partes involucradas.

Por eso, aunque los contratos verbales sean frecuentes y legalmente posibles, lo más recomendable es dejar todo por escrito. Esto ayuda a evitar malentendidos, protege los derechos de las partes y facilita la solución de conflictos si llegan a presentarse.


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