¿Se puede arrendar o vender una casa comprada con Subsidios?
En Colombia, la posibilidad de vender o arrendar una vivienda adquirida mediante subsidios estatales ha sido un tema de interés y debate. La Ley 2079 de 2021 ha delineado una serie de disposiciones que abordan este asunto, ofreciendo pautas claras para aquellos que desean obtener ganancias de sus propiedades residenciales. ¿Se puede arrendar o vender una casa comprada con Subsidios?
Condiciones y Excepciones:
La legislación establece que los propietarios pueden recibir ganancias mensuales o una suma única por el arriendo o la venta de sus viviendas adquiridas con subsidios estatales. Sin embargo, estas transacciones están sujetas a ciertas condiciones y excepciones.
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Arrendamiento:
Para aquellos que deseen arrendar su propiedad, se establece un período mínimo de cinco años después de la compra antes de que puedan hacerlo. Es importante tener en cuenta que este plazo puede variar dependiendo del programa de subsidio al que haya accedido el propietario. Además, algunos programas pueden requerir que los ingresos obtenidos del arrendamiento se destinen a la compra de otra vivienda de interés social.
Venta:
En el caso de la venta de la vivienda, el propietario generalmente debe esperar al menos cinco años antes de poder realizar esta transacción. Sin embargo, en algunos casos, especialmente dependiendo del tipo de subsidio recibido, puede no existir un plazo establecido para la venta. Es crucial destacar que, si la vivienda se vende fuera de los plazos establecidos por el programa de subsidios, el propietario puede estar obligado a reembolsar los recursos recibidos.
Impuestos y Procedimientos:
Además, aquellos que obtengan ganancias de la venta de su vivienda pueden estar sujetos al impuesto sobre la ganancia ocasional si el valor de venta supera el precio de compra. Para llevar a cabo tanto la venta como el arrendamiento, se deben seguir ciertos procedimientos legales, que incluyen verificar la ausencia de restricciones legales o financieras, autenticar documentos en una notaría y registrar el cambio de titularidad en las oficinas correspondientes.
Nuevos Lineamientos y Oportunidades:
Recientemente, el Gobierno ha anunciado ajustes en las políticas que regulan la venta y arrendamiento de viviendas de interés social, así como el acceso al programa de casas gratuitas. Estos cambios buscan facilitar a los propietarios la posibilidad de generar ingresos a través de sus propiedades residenciales.
Viviendas de Interés Social y Programa de Casas Gratuitas:
Los beneficiarios de viviendas de interés social y del programa de casas gratuitas ahora tienen la opción de participar más activamente en el mercado inmobiliario. Se ha reducido el período de espera de diez a cinco años para la venta o el arrendamiento de estas propiedades, lo que brinda una oportunidad más temprana para obtener ganancias.
Programa Semilleros de Propietarios:
Para aquellos interesados en arrendar sus propiedades, el programa Semilleros de Propietarios ofrece condiciones ventajosas, incluyendo tasas atractivas y seguros respaldados por el Gobierno, administrados por gestores inmobiliarios autorizados.
Impulso al Sector Inmobiliario:
Estas medidas no solo tienen como objetivo proporcionar viviendas dignas a las familias beneficiarias, sino también fomentar la circulación de propiedades en el mercado inmobiliario. Al ofrecer más opciones para aquellos en busca de viviendas asequibles, se contribuye a la dinamización del sector y se promueve la estabilidad financiera de los propietarios.
El Extracto LitiApp:
La disposición de viviendas adquiridas con subsidios en Colombia ha presentado cambios importantes gracias a las disposiciones de la Ley 2079 de 2021 y los ajustes recientes anunciados por el Gobierno. Estas medidas buscan equilibrar la necesidad de proporcionar viviendas dignas con la oportunidad de generar ingresos para los propietarios, promoviendo así el desarrollo económico y social del país.
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