Recordemos que el impuesto de industria y comercio, es un gravamen local obligatorio que deben pagar todas las personas tanto naturales, Jurídicas y sociedades, según su actividad económica, cabe decir que estas actividades pueden ser; comerciales industriales y de servicio.
Es muy importante recordar que no es necesario tener un establecimiento de comercio como por ejemplo una tienda o un local de venta de ropa, toda vez que solo por el hecho de usted estar recibiendo una utilidad por su actividad comercial le genera la obligación, como por ejemplo las personas que se dedican a las ventas por catálogo (Avon, ésika entre otras), también debo decir que existen otras actividades que deben pagar este impuesto como son las personas que se dedican al transporte (Camiones, taxis entre otros) porque solo con prestar algún servicio en esta localidad ya lo deben declarar y de igual forma pagar, el impuesto de industria y comercio por ser un cobro local o municipal, sus tarifas pueden ser diferentes porque esto lo decide cada administración tomando bases ya preestablecidas.
Lo más importante es tener claro y estar informado de cual es el día límite de su declaración y de igual forma del pago, es claro que cada localidad tiene sus fechas límites y estas pueden ser establecidas por el ultimo digito de la cedula.
Recuerden que es importante saber y conocer del impuesto de industria y comercio para que en un futuro por desconocimiento no lo sancionen y estas medidas son bastante onerosas, por lo que es bueno que si usted realiza alguna actividad económica tanto comercial, industrial o de servicio y está registrado en la Cámara de Comercio es su deber verificar el pago de este impuesto por que es de saber que la MATRICULA MERCANTIL es la inscripción que se hace en el registro mercantil de las personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales o mercantiles
Por último, si usted fue comerciante o industria y ya no ejerce la actividad, debe cancelar esta Matricula Mercantil para no seguir pagando este impuesto y evitar sanciones.
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