Validez de Pruebas Electrónicas en Procesos Disciplinarios

En una reciente resolución, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) confirmó una sentencia de la seccional Santander que sancionó a un abogado con una suspensión de tres meses en el ejercicio de su profesión. La sanción se basó en la falta a la diligencia profesional, en concordancia con el artículo 37.1 de la Ley 1123 del 2007. La sentencia se centró en el hecho de que el abogado no presentó dos demandas para las cuales había sido contratado y por las que su cliente había pagado un anticipo de honorarios.

Falta de Diligencia Profesional y Fundamentos de la Sanción

La seccional Santander determinó que el abogado en cuestión no cumplió con su deber de presentar las demandas asignadas: un proceso de pertenencia y un incidente de nulidad dentro de un proceso ejecutivo. Además, se rechazó la tesis defensiva del abogado, que argumentaba que el cliente había renunciado a presentar estas demandas debido a la falta de documentación y, por lo tanto, nunca le había otorgado el poder requerido.

Validez de Pruebas Electrónicas en Procesos Disciplinarios

En este caso, la CNDJ recordó y reafirmó su línea jurisprudencial sobre la validez de las pruebas electrónicas en procesos disciplinarios. La corporación destacó que las capturas de pantalla extraídas de aplicaciones de mensajería instantánea, como WhatsApp, así como las impresiones de correos electrónicos, son consideradas pruebas documentales válidas conforme al artículo 424 de la Ley 906 del 2004. Estas pruebas electrónicas gozan de presunción de autenticidad a menos que sean impugnadas y demostradas como falsas o desconocidas por alguna de las partes involucradas.

Presunción de Autenticidad y Responsabilidad del Abogado

La CNDJ estableció que las capturas de pantalla y las impresiones de correos electrónicos presentadas en el caso en cuestión gozaban de la presunción de autenticidad. Esto significa que, a menos que se demuestre lo contrario, se considera que estas pruebas reflejan con precisión la comunicación entre las partes.

Además, la corporación subrayó que, en situaciones donde el cliente no haya proporcionado el poder necesario para llevar a cabo las gestiones encomendadas, es responsabilidad de los abogados demostrar que han actuado diligentemente para poner a disposición dichos poderes. Los abogados, en virtud de su conocimiento y experiencia, tienen la responsabilidad de elaborar y presentar los documentos necesarios para llevar a cabo las acciones legales.

El Extracto LitiApp

El caso resalta la importancia de la diligencia profesional por parte de los abogados y la validez de las pruebas electrónicas en procesos disciplinarios. La confirmación de la sanción por parte de la CNDJ en base a la falta de presentación de demandas y la presunción de autenticidad de las pruebas electrónicas refuerzan la necesidad de mantener altos estándares éticos y profesionales en la práctica legal.

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