La Semana Santa, una festividad de gran significado para la religión católica, abarca desde el Domingo de Ramos hasta el Domingo de Resurrección. En Colombia, los días festivos oficialmente reconocidos son el Jueves y Viernes Santo, días cruciales en la conmemoración católica debido a la Última Cena y el Vía Crucis. ¿Se puede obligar a un trabajador a laborar en días «santos»?
La Base Legal para el Descanso y la Remuneración
Según el Código Sustantivo del Trabajo colombiano, tanto el Jueves como el Viernes Santo son días festivos religiosos. Durante estos días, los trabajadores tienen derecho a un descanso remunerado, equivalente al descanso dominical. El empleador debe reconocer el salario sin deducciones por el tiempo no trabajado.
El Derecho al Descanso y la Recuperación
Los empleados tienen derecho a un descanso completo durante estos días, equiparable a 24 horas sin ninguna actividad laboral. Este tiempo de descanso forma parte de la obligación tanto de empleadores como de trabajadores de cuidar su bienestar físico, mental y espiritual.
Flexibilidad para Trabajar en Casos Específicos
Aunque nadie está obligado a trabajar en días festivos, el empleador y el trabajador pueden acordar la necesidad de laborar, especialmente en sectores como la construcción, servicios de vigilancia, call centers, entre otros. En tales casos, el empleador debe pagar un recargo del 75% por cada hora trabajada, según lo estipulado por la ley.
Acoso Laboral y Protección del Trabajador
Es importante destacar que cualquier presión indebida para trabajar durante estos días podría considerarse acoso laboral. Bajo la Ley 1010 de 2006, el trabajador solo está obligado a cumplir con su horario habitual, y el empleador no puede coaccionarlo ni intimidarlo para trabajar durante la Semana Santa. En este apartado de nuestro artículo damos respuesta a la pregunta: ¿Se puede obligar a un trabajador a laborar en días «santos»?. Asimismo, si la persona manifiesta argumentos de tipo religioso para no trabajar los días festivos, más aún el Jueves o el Viernes Santo teniendo en cuenta su inmediata connotación espiritual, el empleador tendría que aceptar las razones.
Consideraciones Religiosas y Derechos Fundamentales
Si un empleado expresa objeciones basadas en razones religiosas para no trabajar en días festivos, especialmente el Jueves o Viernes Santo debido a su significado espiritual, el empleador está obligado a respetar esas razones. Estas objeciones están respaldadas por el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad religiosa y de cultos, que tienen preeminencia sobre el contrato de trabajo.
“Esta objeción se manifiesta como el derecho fundamental al Libre Desarrollo de la Personalidad y a la Libertad Religiosa y de Cultos, las cuales tienen un rango jurídico superior al contrato de trabajo”,
Jorge Peralta, Director Jurídico de Peralta y Asociados Abogados
Durante La Semana Santa en Colombia, los trabajadores tienen derechos legales claros en cuanto al descanso y la remuneración, pero también existe la posibilidad de trabajar en circunstancias específicas.