¿Puedo pedir licencia de luto si fallece mi mascota? Esto dice la ley colombiana
En Colombia, el vínculo entre humanos y animales ha evolucionado significativamente en las últimas décadas. Las mascotas —perros, gatos y otros animales de compañía— han dejado de ser consideradas simplemente bienes materiales para convertirse en miembros afectivos de las familias. Sin embargo, el marco legal colombiano aún conserva limitaciones significativas en cuanto al reconocimiento de los derechos emocionales de los trabajadores ante la pérdida de sus animales de compañía. ¿Puedo pedir licencia de luto si fallece mi mascota?
Aumento de hogares con mascotas: una realidad social innegable
Según proyecciones oficiales, en 2025 Colombia contará con alrededor de 18,7 millones de hogares, y esta cifra podría superar los 21,1 millones para 2030. En paralelo, se ha evidenciado un crecimiento sostenido en la tenencia de mascotas como parte fundamental de la estructura familiar. Además, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) estima que actualmente hay 3,7 millones de hogares unipersonales (20% del total), una cifra que podría ascender a 6,5 millones para 2035, lo que representaría cerca del 28% de todos los hogares en el país.
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Este fenómeno ha incrementado la relevancia de las mascotas como compañía y apoyo emocional, especialmente para quienes viven solos, lo que genera nuevas necesidades legales y laborales en el contexto colombiano.
¿Qué dice la legislación laboral sobre el luto por la muerte de una mascota?
El Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, en su artículo 57, establece de forma clara las causales para acceder a la licencia por luto. Este derecho está limitado a la pérdida de familiares humanos, como padres, hijos, cónyuge, hermanos o abuelos, entre otros, dentro de ciertos grados de consanguinidad y afinidad.
Esto significa que, actualmente, si un trabajador pierde a su perro o gato —incluso si ha convivido con ellos durante años o décadas—, no tiene derecho a una licencia remunerada por duelo. No existe una norma en el derecho laboral colombiano que contemple expresamente este tipo de situaciones.
Contradicciones jurídicas: ¿bien mueble o ser sintiente?
La abogada Daniela Carrillo, especialista en derecho de familia de la firma Legal Bud, expone una ambivalencia jurídica que genera confusión. Por un lado, el Código Civil colombiano, en su artículo 655, sigue considerando a las mascotas como bienes muebles. Sin embargo, desde 2016, con la entrada en vigor de la Ley 1774, se reconocen como seres sintientes, capaces de sufrir y, por ende, merecedores de un trato digno.
Este nuevo enfoque legal ha sido reforzado por sentencias de la Corte Constitucional, como la C-041 de 2017, que abordó la protección de los animales en el contexto de los hogares unipersonales, y la C-674 de 2018, que reafirma la importancia ética de considerar a los animales como sujetos de protección, sin llegar a equipararlos plenamente con los seres humanos.
¿Hay excepciones? Políticas internas y prácticas empresariales
A pesar de la ausencia de una norma que respalde de forma general el derecho a una licencia por la muerte de una mascota, algunas empresas en Colombia han comenzado a implementar políticas internas voluntarias que reconocen el impacto emocional que genera esta pérdida.
De acuerdo con la abogada Johana Ruiz, de la firma Navarrete Consultores, “aunque la legislación no contempla una licencia formal, algunas empresas permiten a sus empleados tomar días de descanso, ya sea a través de días de vacaciones, permisos no remunerados o jornadas especiales”.
Estas prácticas, aunque loables, no son obligatorias y dependen exclusivamente de la voluntad del empleador. En consecuencia, es fundamental que los trabajadores revisen el reglamento interno de su lugar de trabajo para conocer si existen disposiciones específicas al respecto.
Hacia una posible evolución legal
La Ley 1774 de 2016 representa un punto de inflexión al establecer sanciones penales contra el maltrato animal y al reconocer a los animales como seres que sienten. No obstante, este avance en la protección animal aún no ha sido replicado en el ámbito del derecho laboral.
La sociedad colombiana está cambiando, y con ella, las estructuras familiares y afectivas. Las mascotas ya no son simples objetos de propiedad, sino compañeros que forman parte integral de la vida emocional de millones de personas. La ausencia de una normativa específica sobre licencias por duelo animal representa una desconexión entre la legislación y la realidad social actual.
Un vacío legal en medio de una nueva sensibilidad social
La muerte de una mascota puede tener un profundo impacto psicológico y emocional en una persona, especialmente cuando se trata de un miembro cercano del núcleo afectivo. Sin embargo, el marco legal colombiano aún no ha dado el paso necesario para reconocer formalmente este tipo de duelo dentro del ámbito laboral.
Mientras tanto, la posibilidad de acceder a días de descanso por la pérdida de una mascota dependerá únicamente de la empatía del empleador y de las condiciones que estén previstas en los reglamentos internos de cada empresa. En un país donde los hogares unipersonales van en aumento y donde las mascotas son parte del corazón del hogar, este vacío normativo invita a la reflexión sobre la necesidad de una legislación más humanizada y actual.