¿Por qué Starbucks no va más con los mensajes en los vasos?

La emblemática cadena estadounidense Starbucks ha tomado la sorprendente decisión de dejar de incluir los tradicionales mensajes escritos en los vasos de sus productos. Una característica que durante mucho tiempo ha sido parte integral de su identidad de marca. Esta medida ha generado interrogantes entre los clientes, quienes se preguntan por qué se ha tomado esta acción. ¿Por qué Starbucks no va más con los mensajes en los vasos?

Denuncias y Repercusiones

La raíz de esta decisión radica en una denuncia realizada por una cliente en México a través de su cuenta de X, tras recibir uno de estos mensajes. La usuaria expresó su malestar, declarando que se sintió acosada y clamando por una intervención para evitar que otras mujeres experimenten situaciones similares. Este incidente no fue un caso aislado, ya que en Colombia, Ana María Tribin, también manifestó su incomodidad frente a estos mensajes.

Estas denuncias llevaron a la empresa, desde su sede en Estados Unidos, a prohibir a sus empleados escribir mensajes en los vasos de las bebidas. Sin embargo, surge la pregunta sobre si estos mensajes constituyen realmente acoso, y cómo se define legalmente esta conducta en diferentes contextos.

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Definición Legal de Acoso

Nicolás Rico, socio de Scola Abogados en Colombia, el acoso puede ser clasificado de diversas maneras según el entorno en el que se produce. El acoso laboral está tipificado en la Ley 1010 de 2006, definiéndolo como cualquier conducta persistente y demostrable. Tiene como objetivo infundir miedo o intimidación a un empleado por parte de un superior o compañero de trabajo. Por otro lado, el acoso sexual está contemplado en el Código Penal. Se refiere a la persecución física o verbal de una persona con fines sexuales no consentidos. Aprovechándose de alguna forma de superioridad.

Análisis Jurídico

Expertos como Simón Hernández Gómez, abogado penalista, sostienen que los mensajes escritos en los vasos de Starbucks no cumplen con los criterios legales para considerarse acoso. Para que se configure este delito, se requiere habitualidad en los actos de hostigamiento. Así como la explotación de una posición de superioridad, lo cual no se evidencia en esta situación.

José María de Brigard Arango, abogado Asociado Senior de la firma David Espinosa Acuña & Asociados, coincide en que la relación entre los empleados de Starbucks y los clientes no implica una dinámica de superioridad que pueda dar lugar al acoso. Además, señala que la Corte Suprema de Justicia ha establecido que el acoso debe ser persistente para configurar el delito, lo cual no se aplica en este caso.

Percepción y Responsabilidad Empresarial

Es importante tener en cuenta que, aunque legalmente los mensajes no constituyan acoso, la percepción del cliente puede variar. María Camila Silva, abogada de Scola Abogados, destaca que la interpretación del mensaje depende del individuo que lo recibe. Si bien es poco probable que Starbucks se vea afectado legalmente, las percepciones negativas de los clientes podrían generar presión sobre la empresa para tomar medidas.

Nicolás Rico sugiere que la medida de retirar los mensajes puede considerarse excesiva, proponiendo en su lugar campañas de prevención y sanciones para los casos comprobados de acoso. Desde la perspectiva legal, la responsabilidad directa de la empresa es cuestionable, pero debe velar por el cumplimiento de las normativas vigentes, incluida la protección al consumidor.

El Extracto LitiApp

Aunque las denuncias contra Starbucks no se ajustan legalmente a la definición de acoso, subrayan la importancia de entender las sensibilidades de los clientes. La reacción de la empresa ante estas situaciones resalta la necesidad de abordar las preocupaciones del público y tomar medidas adecuadas para mantener la integridad de la marca y la satisfacción del cliente.

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