Maltrato animal en conjuntos residenciales en Colombia: ¿Qué dice la ley y cómo actuar?
Introducción: una problemática silenciosa dentro de los hogares
En Colombia, los animales de compañía no solo son miembros de muchas familias, sino que también están protegidos por la ley. Sin embargo, en los conjuntos residenciales —donde conviven cientos de personas con normas internas— los casos de maltrato animal son una realidad frecuente, pero muchas veces invisibilizada. Desde ruidos excesivos, encierros prolongados, hasta agresiones físicas o prohibiciones injustificadas del ingreso de mascotas, los casos se multiplican.
Este artículo tiene como objetivo informar, educar y empoderar a ciudadanos, abogados, administradores de propiedad horizontal y residentes para identificar cuándo hay maltrato animal, cómo actuar legalmente y cuáles son las normas que respaldan a los animales en contextos residenciales.
¿Qué se considera maltrato animal en un conjunto residencial?
Según la Ley 1774 de 2016, el maltrato animal en Colombia es un delito penal. Esta norma reconoce a los animales como «seres sintientes» y establece sanciones penales y administrativas para quienes causen daño, sufrimiento o dolor físico injustificado. En un contexto residencial, el maltrato puede manifestarse de diversas formas:
- Encierro prolongado sin acceso a agua, comida o ventilación.
- Golpes o castigos físicos.
- Negligencia médica o falta de atención veterinaria.
- Prohibición de ingreso o convivencia en contra de lo estipulado por la ley.
- Amenazas o agresiones por parte de vecinos o administración.
- Aislamiento social extremo, que genera sufrimiento emocional en los animales.
¿Puede un conjunto prohibir tener mascotas?
No. De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, los reglamentos de propiedad horizontal no pueden prohibir la tenencia de mascotas en las unidades residenciales. Esta postura fue ratificada en el concepto jurídico 2020EE0082865 del Ministerio, que afirma que cualquier disposición que limite o prohíba el ingreso de animales de compañía a zonas comunes o privadas vulnera el derecho de propiedad y la normatividad vigente sobre bienestar animal.
Asimismo, la Corte Constitucional ha reiterado que las reglas de convivencia no pueden ir en contra de los derechos fundamentales ni del ordenamiento jurídico. Por tanto, ninguna asamblea de copropietarios puede establecer cláusulas que limiten injustificadamente la presencia de animales domésticos, salvo en casos extremos y debidamente sustentados.
¿Qué hacer si hay maltrato animal en tu conjunto?
Si eres testigo de un caso de maltrato, puedes seguir los siguientes pasos:
1. Recoge pruebas
Toma fotografías, videos, graba sonidos o recopila testimonios. Las pruebas son fundamentales si se decide acudir a instancias legales o administrativas.
2. Habla con la administración
En algunos casos, la administración puede intervenir de manera preventiva o conciliadora, citando a las partes involucradas.
3. Acude a la Policía Ambiental
Cada ciudad cuenta con una unidad especializada. Puedes denunciar directamente el caso ante esta autoridad.
4. Llama a la Línea 123 o radica una queja en la Alcaldía
Muchas ciudades tienen canales digitales o telefónicos habilitados para atender este tipo de situaciones.
5. Denuncia penalmente
La Ley 1774 de 2016 contempla penas de hasta 36 meses de prisión y multas superiores a los 50 SMLMV para casos de maltrato grave. El Código Penal también fue modificado para incluir estas sanciones.
¿Y si el problema es con vecinos intolerantes?
No son pocos los casos en que la convivencia se vuelve difícil por los prejuicios o molestias de algunos vecinos. En estos casos, es importante distinguir entre:
- Convivencia pacífica: Requiere respeto mutuo y cumplimiento de normas básicas, como recoger los desechos del animal y evitar ruidos excesivos.
- Acoso vecinal: Amenazas, denuncias infundadas o agresiones a animales o sus dueños pueden configurar delitos o faltas disciplinarias.
La Ley 675 de 2001 sobre propiedad horizontal establece que los reglamentos deben promover la convivencia pacífica, pero nunca imponer restricciones arbitrarias ni fomentar la discriminación contra quienes tienen mascotas.
Jurisprudencia relevante
- Sentencia T-035 de 1997 (Corte Constitucional): Reitera que la propiedad horizontal no puede imponer reglas que limiten derechos fundamentales sin justificación razonable.
- Sentencia C-1192 de 2005: Los reglamentos de propiedad horizontal deben respetar la Constitución, y no pueden establecer medidas desproporcionadas o inconstitucionales.
- Sentencia T-095 de 2021: La Corte reiteró la calidad de los animales como seres sintientes y sujetos de especial protección.
La doctrina colombiana también se pronuncia
Autores como José Gregorio Hernández Galindo (exmagistrado de la Corte Constitucional) y Yesid Reyes Alvarado (jurista penalista) han sostenido que los derechos de los animales deben ser reconocidos dentro de los límites de la propiedad privada. La propiedad cumple una función social y ecológica, y por tanto, su ejercicio no puede ir en detrimento del bienestar animal ni del derecho de otras personas.
Recomendaciones para la sana convivencia con animales en conjuntos
- Educar a los residentes sobre los derechos de los animales.
- Incluir en el reglamento interno una sección sobre bienestar animal (sin imponer restricciones ilegales).
- Promover campañas internas de tenencia responsable.
- Establecer canales internos de resolución de conflictos vecinales.
El Extracto LitiApp
El maltrato animal en conjuntos residenciales es una realidad que debe ser abordada con seriedad, respeto por la ley y empatía hacia los seres vivos que comparten nuestros espacios. La legislación colombiana protege a los animales, y ninguna norma interna puede estar por encima de sus derechos. Denunciar, actuar y educar son los caminos para construir comunidades más justas y compasivas.
📚 Fuentes y referencias
- Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – Concepto Jurídico No. 2020EE0082865.
https://www.minvivienda.gov.co/sites/default/files/conceptos_juridicos/2020ee0082865_0.pdf - Asuntos Legales – Diario La República. “¿Puede prohibirle la administración el ingreso de mascotas a su edificio residencial?”
https://www.asuntoslegales.com.co/actualidad/puede-prohibirle-la-administracion-el-ingreso-de-mascotas-a-su-edificio-residencial-4071453 - Ley 1774 de 2016. Por la cual se modifica el Código Penal colombiano y se establecen normas para la protección de los animales como seres sintientes.
- Código Penal Colombiano. Artículos 339A y 339B – Delitos contra la vida e integridad de los animales.
- Ley 675 de 2001. Régimen de Propiedad Horizontal.
- Sentencias Corte Constitucional:
- T-035 de 1997
- C-1192 de 2005
- T-095 de 2021
- Hernández Galindo, J.G. (2002). El control constitucional y la protección de los derechos de los seres vulnerables. Universidad Externado de Colombia.
- Reyes Alvarado, Y. (2018). Responsabilidad penal y protección animal. Universidad de los Andes, Facultad de Derecho.