Informática Jurídica

Hoy en día es una necesidad adaptarse a los nuevos avances de la Tecnología de la Información las comunicaciones (TIC), son el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios; que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como: voz, datos, texto, video e imágenes (Art. 6 Ley 1341 de 2009).

Son herramientas que le han permitido al hombre desarrollar sus actividades sociales y laborales, pero al mismo tiempo su indebido o desprevenido ha generado riesgos para quienes los utilizan. Sin embargo, para algunas personas resulta difícil imaginar que se pueda atentar contra ellos sin la necesidad de empuñar un arma o ser agredidas virtualmente, cuando la realidad es que solo es cuestión de hacer un clic para que por ejemplo se genere un detrimento patrimonial en contra nuestra o resulte vulnerada nuestra imagen.

Si por algo se ha destacado son las redes sociales que ofrece a todo el mundo de expresarse con gran libertad, de manera fácil, barata y cómoda, ya sea mediante la publicación de contenidos en las páginas del grupo Meta, conformadas por las empresas (Facebook, Instagram y WhatsApp) y Twitter, donde no todos le dan un uso adecuado. Algunos usuarios se agreden entre sí, generando muchas veces conductas tan poco lícitas y molestas como la emisión de mensajes injuriosos y calumniosos

Las redes sociales sirven como medio de expresión y comunicación, a su vez se presta para que usuarios tomen conductas irregulares como las peleas y los insultos, actualmente en Colombia se presentan miles de casos de usuarios del grupo Meta y Twitter que se critican y se descalifican entre sí; de esta manera se está violando la integridad moral de la persona.

Cuando un usuario de cualquier red social le hace algún tipo de injuria a otro podrá incurrir en prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de diez (10) a mil (1.000) smlmv; o una calumnia podrá incurrir en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de diez (10) a mil (1.000) smlmv; según el código penal colombiano (Ley 599 de 2000 de Colombia).

Estos delitos y las amenazas por el grupo Meta y Twitter pueden que no sean considerados delitos informáticos, pero son tipificados como delitos clásicos y su castigo puede ser mayor.

Pero la injuria y la calumnia va en contra vía con la libertad de expresión cuyo limites siempre han generado opiniones contrapuestas, en el artículo 20 de la constitución política de Colombia reza: «Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura” (Constitución Política de Colombia, 1991). Esta ley no puede ser delimitada por lo cual es necesario que el gobierno colombiano establezca procedimientos adecuados en las redes sociales especialmente para el grupo Meta y Twitter donde se permita proceder contra los usuarios que comenten este tipo de delitos ya que estos atentan contra la integridad moral y psicológica de las personas.

Abogado Juan Carlos Borrero Castellanos / Ingeniero de Sistemas

#OpinoEnLitiApp

*Los comentarios, textos, investigaciones, reportajes, escritos y demás productos de los columnistas y colaboradores de litiapp.com no comprometen ni vinculan bajo ninguna responsabilidad a la sociedad comercial controlante del medio digital, toda vez que en el libre desarrollo de su profesión, pueden tener opiniones que no necesariamente están acorde a la política y posición del portal*

About The Author