La Corte Constitucional de Colombia, a través de su Sala Quinta de Revisión, emitió una sentencia trascendental el 15 de agosto de 2024, protegiendo los derechos fundamentales de salud, vivienda digna e intimidad de los residentes del sector Los Cocos en el barrio Bellavista, Santa Marta. Este fallo responde a una tutela presentada por la comunidad afectada por el desbordamiento de aguas negras en la zona, un problema que se había prolongado por más de cinco años sin una solución efectiva por parte de las autoridades locales. Derecho a la Vivienda Digna Sentencia T-290 de 2024
Antecedentes del caso
Los residentes del sector Los Cocos venían denunciando la situación desde hace años, señalando que el crecimiento desmedido de proyectos inmobiliarios en la zona había saturado las redes de acueducto y alcantarillado. Según los afectados, las construcciones originales eran de pequeña escala, pero la proliferación de nuevas edificaciones de alta densidad poblacional ejerció una presión insostenible sobre la infraestructura existente. Esta situación resultó en el desbordamiento de aguas residuales, lo que generó graves problemas sanitarios y ambientales en la comunidad.
El recurso de tutela interpuesto por los residentes tenía como objetivo la protección de sus derechos fundamentales, argumentando que la situación era intolerable y que las autoridades locales y la empresa de acueducto habían incumplido su deber de garantizar un entorno habitable y saludable.
La respuesta de la Corte Constitucional
Al abordar el caso, la Corte Constitucional recordó que el Estado tiene la obligación de asegurar la prestación eficiente y de calidad de los servicios públicos a todos los habitantes del territorio nacional. En este sentido, la Corte destacó que el servicio público de alcantarillado debe garantizar el bienestar general y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población. Esto incluye, entre otras cosas, la provisión de un sistema de alcantarillado que funcione adecuadamente, sin causar problemas de salud pública o afectar la dignidad humana.
Uno de los aspectos más relevantes del fallo fue la consideración de los malos olores y los vectores de enfermedad generados por el desbordamiento de las aguas negras. La Corte fue enfática al señalar que los seres humanos no tienen la obligación de soportar olores nauseabundos que afecten su tranquilidad ni deben verse expuestos a vectores de enfermedades causadas por un sistema de alcantarillado deficiente. En este contexto, la Corte reiteró que los ciudadanos tienen derecho a vivir en condiciones mínimas de higiene que les permitan habitar sus viviendas sin riesgo para su salud e intimidad.
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Implicaciones ambientales y de salud pública
El fallo de la Corte no se limitó a proteger los derechos individuales de los residentes de Los Cocos, sino que también abordó las implicaciones ambientales y de salud pública derivadas del problema de las aguas residuales. La Corte calificó como inaceptable que las aguas negras se estén evacuando irresponsablemente al mar, generando una contaminación significativa del ecosistema marino y poniendo en riesgo la salud de las personas que entran en contacto con esas aguas.
Según expertos consultados durante el proceso, los niveles de bacterias y microorganismos nocivos presentes en las aguas cercanas a la costa superan los límites aceptables para la salud humana. Esta situación no solo afecta a los residentes de Los Cocos, sino también a la vida marina y a cualquier persona que ingrese al agua en esa área, lo que convierte este problema en una crisis de salud pública con graves implicaciones. Derecho a la Vivienda Digna Sentencia T-290 de 2024
Órdenes de la Corte
Ante la gravedad de la situación, la Corte Constitucional emitió varias órdenes dirigidas a diferentes entidades con el objetivo de remediar los problemas en el sector de Los Cocos. En primer lugar, se ordenó a la Alcaldía de Santa Marta y a la Superintendencia de Servicios Públicos que supervisen las obras necesarias en la Estación de Bombeo de Aguas Residuales Norte, para garantizar que su funcionamiento sea restablecido de manera adecuada.
Además, la Secretaría de Salud de Santa Marta fue instruida para realizar brigadas de salud en el sector, con el fin de evaluar cómo los rebosamientos de aguas residuales han afectado la salud de los residentes y proporcionar el tratamiento necesario para las enfermedades que se hayan generado como resultado.
Por otra parte, la Corte ordenó a la Secretaría de Planeación de Santa Marta que revise todas las licencias de urbanización y construcción expedidas en el sector de Los Cocos desde 2017. La revisión deberá enfocarse en identificar posibles irregularidades en la expedición de certificaciones de disponibilidad de servicios públicos por parte de la empresa de acueducto, así como en la infraestructura de alcantarillado proporcionada en los nuevos proyectos inmobiliarios. Si se detectan anomalías, la Secretaría de Planeación deberá informar a la Superintendencia de Servicios Públicos o a la Fiscalía General de la Nación para que se tomen las medidas correspondientes.
El Extracto LitiApp
La decisión de la Corte Constitucional en el caso de Los Cocos en Santa Marta representa un paso significativo en la protección de los derechos fundamentales a la salud, la vivienda digna y la intimidad en Colombia. Al reconocer que los ciudadanos no deben soportar condiciones insalubres o peligrosas debido a la negligencia de las autoridades o la falta de infraestructura adecuada, la Corte envía un mensaje claro sobre la responsabilidad del Estado en la prestación de servicios públicos de calidad.
Este fallo también subraya la importancia de la planificación urbana responsable y la necesidad de que los proyectos de desarrollo inmobiliario consideren la capacidad de la infraestructura existente para evitar problemas como los que han afectado a la comunidad de Los Cocos. En última instancia, la decisión de la Corte busca garantizar que todos los colombianos puedan disfrutar de un entorno habitable, seguro y saludable, en línea con los principios constitucionales que rigen el país.