Alimentación y Vivienda para Empleadas Domésticas: Lo que Debes Saber

El suministro de alimentación y vivienda a las trabajadoras del servicio doméstico tiene implicaciones laborales significativas que a menudo se pasan por alto, generando potenciales problemas tanto para empleadores como para empleadas. Este artículo examina las diversas consideraciones legales y prácticas que rodean estos beneficios, destacando la importancia de acuerdos claros y justos. Alimentación y Vivienda para Empleadas Domésticas

Suministro de Alimentación y Vivienda: Un Salario en Especie

Cuando se contrata a una empleada del servicio doméstico, es común proporcionar alimentación y, en algunos casos, vivienda. Estos beneficios son considerados como salario en especie, a menos que se acuerde lo contrario explícitamente. Como salario en especie, deben incluirse en la base para la liquidación de prestaciones sociales, aportes a seguridad social e indemnizaciones por despido.

La falta de una valoración explícita de estos beneficios puede resultar problemática. Por ejemplo, si una empleada recibe un salario de $1.200.000 mensuales más alimentación y vivienda, el salario total será $1.200.000 más el valor asignado a la alimentación y la vivienda. En caso de una disputa laboral, un perito determinará el valor de estos beneficios, lo que podría resultar en costos inesperados para el empleador.

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Pacto Expreso en el Contrato de Trabajo

Para evitar malentendidos, es crucial que el contrato de trabajo estipule claramente el valor del pago en especie por conceptos de alimentación y vivienda. Este valor debe respetar los límites legales: no más del 30% del salario mínimo.

Por ejemplo, si el salario mínimo es de $1.000.000, el valor del salario en especie no debe superar los $300.000. Esto asegura que se mantenga un equilibrio entre el salario en efectivo y el salario en especie.

Manejo Laboral del Suministro de Alimentación y Vivienda

Consideremos un salario en efectivo de $1.000.000 mensuales y un valor de alimentación y vivienda de $300.000 mensuales. Existen varias formas de manejar esta situación:

  1. Salario en Dinero Más Especie: La empleada recibe $1.000.000 en efectivo y $300.000 en especie, totalizando $1.300.000. Las prestaciones sociales y seguridad social se liquidan sobre $1.300.000, lo que puede ser oneroso para el empleador.
  2. Descuento del Salario en Especie: Se descuenta el valor del salario en especie del salario en efectivo, resultando en $700.000 en efectivo. Las prestaciones se liquidan sobre $1.000.000, lo que puede ser perjudicial para la empleada.
  3. Desalarización del Pago en Especie: Se acuerda que el pago en especie no constituye salario, de manera que la empleada recibe $1.000.000 en efectivo, y las prestaciones se liquidan sobre $1.000.000. Esta opción es equilibrada, evitando que ninguna de las partes se vea perjudicada.

Acuerdo de Desalarización

Es legalmente viable que las partes acuerden que la alimentación y vivienda no se consideren salario para efectos de liquidación de prestaciones sociales y seguridad social. Sin este acuerdo explícito, el juez considerará estos beneficios como salario en especie, sumándolos al salario en efectivo recibido por la trabajadora.

Valor de la Alimentación y Vivienda

Las partes pueden acordar libremente el valor de la alimentación y vivienda, siempre que no exceda el límite del salario en especie. En el caso del salario mínimo, este límite es del 30%. Por ejemplo, con un salario mínimo de $100, el valor máximo del salario en especie sería $30, permitiendo que los $70 restantes sean en efectivo.

Si la empleada recibe un salario superior al mínimo, el margen puede aumentar hasta el 50%, siempre que el monto en efectivo no sea inferior al 70% del salario mínimo. Sin embargo, un acuerdo que fije un valor desproporcionado a la alimentación y vivienda podría ser considerado ilegal, como en el caso de una empleada interna en un conjunto cerrado en Chía, donde el empleador argumentó que vivir en una casa de estrato 7 valía más de $600.000.

El Extracto LitiApp

El suministro de alimentación y vivienda a las empleadas del servicio doméstico implica una serie de consideraciones legales y prácticas que deben manejarse con cuidado. La clave para evitar disputas es un contrato claro que establezca el valor de estos beneficios y su tratamiento para efectos laborales. Esto asegura un equilibrio justo entre las necesidades del empleador y los derechos de la empleada, promoviendo una relación laboral armoniosa y conforme a la ley.

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