En LitiApp te explicamos los 5 motivos generales en los que se puede impugnar una FotoMulta en Colombia. Entendiendo que dicha impugnación se puede realizar de manera directa. Formatos para la Impugnación de Fotomultas
Te en cuenta las siguientes situaciones, identifique en cuál se encuentra y proceda a realizar los pasos sugeridos.
- Consulte si actualmente tiene un comparendo o multa en el sistema.
- Consulte si se encuentra en los siguientes motivos:
1. Por falta de notificación:
Cuando no se comunicó el comparendo a la persona que cometió la infracción.
2. Porque el comparendo se impuso al propietario del vehículo sin prueba de que éste conducía el vehículo:
Cualquier multa por infracciones de tránsito debe imponerse a la persona que efectivamente la cometió. Por ejemplo, si Ana le presta el carro a su hermano Juan y éste viola el límite de velocidad, la multa no puede imponerse a Ana sólo por ser la propietaria del vehículo.
3. Porque el comparendo se impuso sin que el propietario haya actuado con culpa
Las sanciones de tránsito sólo pueden imponerse al propietario del vehículo cuando la infracción ha ocurrido por culpa de éste, es decir, cuando la administración prueba que hubo alguna falta de cuidado o precaución por parte del propietario que permitió la falta, aún cuando no la haya cometido éste. En caso de que no haya culpa o negligencia del propietario, la sanción no se podrá imponer.
4. Por caducidad de la infracción:
Las autoridades cuentan con un plazo máximo de un año para imponer la sanción, contado desde el momento en que ésta ocurre. En caso de se exceda este plazo sin que se haya realizado la audiencia en que se decide sobre la infracción, ya no podrá imponer la multa.
5. Por prescripción de la sanción:
Una vez impuesta la multa por la infracción de tránsito las autoridades cuentan con un plazo de tres años para iniciar el proceso de cobro, contados desde la fecha en que ocurrió la infracción. Una vez vencido este plazo no podrán iniciar el proceso de cobro, lo que significa que la sanción ya no será aplicable.
En LitiApp puedes descargar formatos sugeridos para que realices los trámites de impugnación ante organismos de tránsito en Colombia.
Situación 1. «Fue notificada la orden de comparendo pero no se ha realizado audiencia»
Este formato de Derecho de Petición aplica para el caso donde se haya recibido notificación de la orden de comparendo, pero no se ha realizado audiencia alguna. Puede descargar el formato y diligenciarlo con los datos de su caso El formato es editable y está en WORD. Descarga Aquí
Situación 2. Se realizó la audiencia, se impuso la multa pero no se ha inicado el cobro
En Este formato de Derecho de Petición aplica para el caso donde se haya realizado audiencia y se impuso multa, pero no se ha inciado el cobro. Puede descargar el formato y diligenciarlo con los datos de su caso. El formato es editable y está en WORD. Descarga Aquí
Situación 3. Se impuso la multa y se inició el cobro coactivo. Se inició mandamiento de pago.
En Este formato de Derecho de Petición aplica para el caso donde se haya impuesto la multa e iniciado el cobro coactivo. Se recibió mantamiento de pago. . Puede descargar el formato y diligenciarlo con los datos de su caso El formato es editable y está en WORD. Descarga Aquí
Consulte si actualmente tiene un comparendo o multa en el sistema.
Formatos para la Impugnación de Fotomultas
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