| Derechos Notariales (Aprox 0.3%) | $0 |
| + IVA (19% sobre notaria) | $0 |
| Beneficencia y Registro (~1.67%) | $0 |
| Retención en la Fuente (1%) (Lo paga el Vendedor) | $0 |
| Gastos Varios (Papelería/Copias) | $0 |
¿Quién paga los gastos de escrituración en Colombia?
Al momento de vender una casa, apartamento o lote, los gastos no siempre se dividen por partes iguales. Existe una diferencia importante entre lo que dice la ley y la costumbre comercial, especialmente en ciudades como Bogotá.
1. Derechos Notariales (50/50)
Los derechos que cobra la notaría por la elaboración y autorización de la escritura pública se suelen pagar por mitades iguales entre el comprador y el vendedor.
2. Retención en la Fuente (Solo Vendedor)
Este rubro es un anticipo del impuesto de renta y ganancia ocasional. Lo debe pagar exclusivamente el vendedor, ya que es quien está recibiendo el ingreso por la venta. La tarifa general es del 1% sobre el valor total de la venta.
3. Beneficencia y Registro (Generalmente Comprador)
Aunque la ley indica que los impuestos de registro y beneficencia son solidarios, la costumbre comercial dicta que el comprador suele asumir estos costos, ya que es el principal interesado en que el predio quede legalmente registrado a su nombre en la Oficina de Instrumentos Públicos.
